¿Firma electrónica o digital?

Luis Barragan Scavino
Transformando Bancos
3 min readMar 16, 2021

--

Esta pandemia ha generado que muchos países tomen medidas de cuarentena para reducir las posibilidades de contagios, por lo que las empresas están implementando soluciones para que sus clientes puedan firmar contratos de manera digital. En el caso de Perú, existen diferentes alternativas disponibles para poder firmar un documento sin tener que desplazarse.

Si bien existen diferentes nombres utilizados para diferenciar este tipo de firmas, en el mundo virtual se clasifican en cuatro tipos de firmas: digitalizada, electrónica, electrónica reforzada y digital.

Todas son válidas y tienen autenticidad; es decir, que sirven para mostrar la identidad del firmante, pero tienen diferentes implicancias legales.

A continuación una breve descripción de cada una de ellas:

Firma Digitalizada

La firma digitalizada podría ser la más común, puede ser una foto de la firma en un papel en blanco o una firma con el dedo sobre la pantalla de su celular con su nombre u otros mecanismos como una clave de validación para entrar a una página o acceder a un documento. También puede ser una contraseña, un dato biométrico, una clave pictográfica o un código.

Firma Electrónica

El problema de utilizar este tipo de firma es que, en caso de presentarse una controversia legal, habría que entrar a demostrar con ayuda de un perito experto la autenticidad o confiabilidad. La labor del perito es probar que la persona que firmó el documento es quien dice ser y que el contenido no fue alterado.

Firma Electrónica Reforzada

Es la misma firma electrónica mencionada en el párrafo anterior, pero además con algún contenido adicional que registre el consentimiento del cliente para la firma. Puede ser la firma electrónica sumando un audio o video donde el cliente menciona su consentimiento de firmar el documento en mención. Este consentimiento debe quedar registrado en la plataforma, para ser usada en caso de reclamos posteriores.

Firma Digital

Este tipo de firma puede realizarse mediante dispositivos electrónicos de huellas digitales, pad de firmas, correos electrónicos o un PIN OTP seguro enviado a un celular vía SMS.​ Este tipo de firma tiene 100 % valor legal, siempre y cuando haya un consentimiento informado con firma manuscrita del usuario (100% valor legal, Art. 141 del Código Civil), donde manifiesta su voluntad de firmar electrónicamente. ​

Casos de Uso

Este tipo de firma es la más segura y requiere invertir en la adquisición de los certificados digitales y hardware criptográficos (tokens, smartcard). Permite firmar documentos electrónicos con total validez legal y garantía de no repudio. ​ Esta firma tiene total validez jurídica de acuerdo con la Ley N° 27269 del Gobierno Peruano.

Dependiendo de la validez legal que le desea dar a su documento, si es un documento personal o no requiere tener un valor legal, es suficiente una firma digitalizada.

En el caso de contratos se recomienda la firma electrónica con un sustento que manifiesta la voluntad de firmar electrónicamente que puede ser con un video.

Contratos que implican una transferencia de dinero como un préstamo o una compraventa, es preferible tener una firma digital respaldada con un certificado digital aprobado por INDECOPI, que es la más segura.

Si desea más información no dude en contactarnos vía WhatsApp.

Este artículo pertenece al blog de Big Data S.A.C.

Originally published at https://alertaeconomica.com.

--

--

Luis Barragan Scavino
Transformando Bancos

Passionate about digital transformation and innovation #ArtificialIntelligence #MachineLearning #Fintech